RENUNCIA A LA HERENCIA Y ACREEDORES
El artículo 1008 del Código Civil establece la forma en que se realiza la renuncia a la herencia señalando que deberá hacerse ante Notario en instrumento público. De esta …
El artículo 1008 del Código Civil establece la forma en que se realiza la renuncia a la herencia señalando que deberá hacerse ante Notario en instrumento público. De esta …
Muchas gracias